Micelio
Auto25 de mayo de 2011

A- de 2011

Ponente María Victoria Calle Correa

Demandante Gladys Montes Montiely Otros·Demandado Sin Información

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Contra Patrimonio Autonomo De Remanentes De Telecom
  • Suspender cumplimiento de órdenes sin que implique prejuzgamiento o se anticipe sentido de sentencia definitiva, para evitar que pagos lleguen a ocasionar perjuicio irremediable al inter
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Con el presente auto se suspenden de inmediato y hasta tanto la Sala Plena de la Corte Constitucional dicte sentencia en el proceso acumulado, el cumplimiento de las órdenes impartidas por los Despachos Judiciales que se relacionan en la parte resolutiva del auto, por cuanto los expedientes de tutela a que hacen referencia no fueron cobijados inicialmente por la medida provisional contenida en el Auto 241 del 2010.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (13 puntos)
  1. Primero. SUSPENDER de inmediato y hasta tanto la Sala Plena de la Corte Constitucional dicte sentencia en el presente proceso, el cumplimiento de las ordenes impartidas en las sentencias dictadas por:
  2. 1. La Sala Penal Ad-Hoc del Tribunal Superior de Monteria, Cordoba, el 16 de julio de 2009 (T-2471216. Fuero sindical).
  3. 2. El Juzgado Promiscuo de Familia de Sahagun, Cordoba, el 24 de septiembre de 2009 (T-2471346. Fuero sindical).
  4. 3. El Juzgado Promiscuo del Circuito del Carmen de Bolivar, departamento de Bolivar, el 14 de octubre de 2009, y por el Juzgado
  5. Primero. Promiscuo Municipal del Carmen de Bolivar, el 10 de septiembre de 2009 (T-2492726. Fuero sindical).
  6. 4. El Juzgado Promiscuo de Familia de Lorica, Cordoba, el 21 de octubre de 2009, y por el Juzgado Promiscuo Municipal de San Antero, Cordoba, el 01 de octubre de 2009 (T- 2501214. Fuero sindical).
  7. 5. El Tribunal Administrativo del Atlantico, el 26 de octubre de 2009 (T-2500881. Reten social).
  8. 6. El Juzgado Promiscuo del Circuito de Familia de Cerete, Cordoba, el 21 de diciembre de 2009, y por el Juzgado Promiscuo Municipal de San Pelayo, Cordoba, el 10 de noviembre de 2009 (T-2531642. Reten social).
  9. 7. El Juzgado Penal del Circuito de Lorica, Cordoba, el 17 de noviembre de 2009, y por el Juzgado Promiscuo Municipal de Monitos, Cordoba, el 03 de noviembre de 2009 (T-2531654. Fuero sindical).
  10. 8. El Juzgado Penal del Circuito de Lorica, Cordoba, el 30 de noviembre de 2009, y por el Juzgado Promiscuo Municipal de Monitos, Cordoba, el 10 de noviembre de 2009 (T-2537041. Fuero Sindical).
  11. 9. El Juzgado Promiscuo del Circuito de San Marcos, Sucre, el 10 de diciembre de 2009, y por el Juzgado
  12. Primero. Promiscuo Municipal de San Marcos, Sucre, el 18 de noviembre de 2009 (T-2546795. Reten social).
  13. Segundo. ORDENAR con fundamento en el articulo 16 del Decreto 2591 de 1991, que por la Secretaria General de esta Corporacion se notifique por el medio mas expedito posible el presente Auto al representante legal del Patrimonio Autonomo de Remanentes de Telecom (PAR), al senor Procurador General de la Nacion, a los jueces de instancia de los casos de tutela bajo estudio y a los respectivos accionantes relacionados e identificados en el Anexo que acompana al presente Auto. Asimismo, se ordena que copia de la parte resolutiva de esta decision sea publicada en un medio de amplia difusion y circulacion nacional.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.